Se recuerda que por Ley Nacional Nº 24.254/1993, “quedan prohibidas hasta las veinte (20) horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada”.
El Día del Censo, el transporte público funcionará con el cronograma especial de domingos y feriados.
El día del Censo las personas censistas irán puerta por puerta para visitar las viviendas particulares de las áreas urbanas a lo largo y a lo ancho de todo el país. Quienes hayan completado el Censo digital, deberán presentarles el comprobante de finalización correspondiente y, quienes no lo hayan realizado, tendrán que hacer la entrevista presencial.